Aprueban diputados la legítima defensa en el Estado de Veracruz

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Con votación unánime, los legisladores veracruzanos aprobaron con 42 votos la reforma al artículo 25 del Código Penal que amplía los alcances de la legítima defensa; así, un ciudadano podrá defenderse lesionando o hasta privando de la vida a quien sin derecho penetre a un domicilio, en defensa de su honor o de su familia.

Se presumirá la legítima defensa, salvo prueba en contrario, el hecho de causar un daño,
lesión o incluso prive de la vida, a quien, por cualquier medio, trate de penetrar o penetre sinderecho al lugar en que, temporal o permanentemente, habite el que se defiende, su familia o cualquier persona a la que tenga obligación de defender «(…).

No obstante, solamente será considerada como defensa cuando el individuo prueba que previamente existió agresión de otro, por lo que se hubiese hecho necesario la respuesta.

Por lo que no será considerada legítima defensa si el agredido previó o provocó la acción agresiva o pudo evitarla por medios legales.